POLÍTICA DE FUNCIONAMIENTO DEL CANAL ÉTICO y FORMULARIO
Funcionamiento del Canal Ético
¿Qué comunicaciones se deben realizar a través del Canal Ético?
El Canal Ético está dirigido al conjunto de profesionales y trabajadores de Algon Servicios Logísticos S.L. y a terceras partes interesadas, que deseen comunicar a la organización una irregularidad cometida por cualquier trabajador, directivo o administrador de la que hayan tenido conocimiento en un contexto laboral o profesional de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
¿Qué comunicaciones se deben realizar a través del Canal Ético?
El Canal Ético está dirigido al conjunto de profesionales y trabajadores de Algon Servicios Logísticos S.L. y a terceras partes interesadas, que deseen comunicar a la organización una irregularidad cometida por cualquier trabajador, directivo o administrador de la que hayan tenido conocimiento en un contexto laboral o profesional de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
¿Cuándo se debe informar?
Se debe informar cuando se tenga motivos razonables para creer que la información que indica es cierta y susceptible de ser considerada como una infracción o incumplimiento. El reporte debe efectuarse siempre de buena fe.
¿Qué canales ha habilitado la Empresa?
- Telemáticamente a través del Canal Ético habilitado en el sitio web de Algon Servicios Logísticos S.L.Performance.
- Por medio de una reunión presencial en las instalaciones de la empresa, a fin de presentar la comunicación de forma verbal.
- A través de correo postal dirigido a Polígono Industrial La Cova, Calle L’Alcalaten Nº17, 46940 Manises, Valencia. Sin perjuicio que las personas interesadas puedan acudir a al canal externo de información ante la autoridad competente (Autoridad Independiente de Protección al Denunciante).
PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN
De forma resumida, el procedimiento de gestión será el siguiente:
- Comunicación por parte de la persona informante a través del Canal Ético.
- Recepción y análisis de la comunicación recibida por parte del Responsable del Sistema Interno de Información. Admisión o inadmisión a trámite.
- Comunicación, en su caso, a las personas investigadas.
- Desarrollo del procedimiento de investigación.
- Informe final.
- Resolución de procedimiento.
- Trámite de audiencia.
- Adopción, en su caso, de medidas dependiendo del régimen de vinculación con la persona denunciada.
PROTECCIÓN DE DATOS
Los tratamientos de datos personales que deriven del uso del Canal Ético se regirán por lo dispuesto en la normativa de protección de datos en vigor. No se recopilarán datos personales cuya pertinencia no resulte manifiesta para tratar una información específica o, si se recopilan por accidente, se eliminarán sin dilación indebida.
Para más información, puede consultar el apartado referido a protección de datos en el formulario del Canal Ético.